Nueva ley de Autónomos. Novedades y carencias

Ley de autónomos

Después de la votación unánime del Congreso, el Senado lo ha ratificado, y tras el pertinente debate en ambas cámaras, la norma traerá consigo sustanciales mejoras en las condiciones de los trabajadores autónomos.

En este sentido, te invitamos a ver el siguiente video que analiza en detalle las novedades y carencias de la nueva ley de Autónomos.

El Senado finalmente ha aprobado la modificación de la actual Ley de Autónomos.

Hay que explicar, que algunos de estos cambios no entrarán en vigor hasta el 1 de enero, mientras que el resto lo harán una vez publicados en el B.O.E.

Según la ATA (Asociación que agrupa a los Trabajadores por Cuenta Propia), estos son los principales puntos de esta nueva ley:

  • Modificación de la cuota global de 50€/mes hasta el año, para los nuevos autónomos o para los que no lo hayan sido en los dos últimos años.
  • Incremento de duración de la bonificación a 24 meses.
  • Cuando acabe el primer año, se dará el 50% durante otros seis meses y el 30% durante los próximos seis meses.
  • Si un empresario quiere volver a abrir una nueva empresa y hace tres años que no disfruta de la tarifa plana, podrá solicitarla de nuevo.
  • Los trabajadores por cuenta propia pueden inscribirse y abandonar la RETA hasta tres 3 dentro del mismo año.
  • También pueden modificar (hasta en 4 ocasiones) su base de cotización en un año.
  • Desde enero, sólo se pagará a partir del día efectivo en que se registre o se dé de alta la RETA (no el mes completo).
  • Las madres que inician un negocio antes de 2 años tras haber dejado el trabajo por maternidad, adopción, acogida, etc, pueden acogerse a una tarifa fija de 50€.

Reforma de la ley

Una vez publicada la reforma en el BOE, las siguientes normas entrarán en vigor:

  • Desde ese momento, los autónomos pueden percibir la totalidad de su jubilación y seguir trabajando si tienen, al menos, un empleado a su cargo.
  • El exceso de contribución (si ha existido actividad múltiple) será reembolsado sin necesidad de solicitarlo.
  • El coste mensual para autónomo variará en función de los presupuestos del Estado y a lo que se negocia con las principales asociaciones de autónomos, y no dependerá del SMI.
  • Los autónomos que realicen su actividad desde casa pueden deducir el 30% del costo de los suministros, teléfono, electricidad o agua, en una cuantía de hasta 26,67€/día, así como también pueden deducirse del IRPF hasta 26,67€/día para gastos de alimentación, dentro del territorio español, mientras que esta cifra es será de 48€/día se la actividad se lleva a cabo desde el extranjero.
  • Los recargos o penalizaciones por pagos atrasados a la S.S. se reducirán pasando del 20 al 10% para el primer mes, para acabar quedando en el 50%.
    Los trabajadores en regimen de autónomo que estén a cargo de dependientes o menores estarán exentos de la totalidad de la cuota durante 1 año.
  • Los padres y madres autónomos en excedencia por maternidad, paternidad, adopción, etc. quedarán exentos del pago de su cuota durante el período de baja.
  • Se facilita el empleo a niños discapacitados por cuenta propia.
  • Cualquier trabajador por cuenta propia que formalice un contrato indefinido a cualquier familiar por vía sanguínea hasta el 2º grado (descendiente, ascendiente o cónyuge), podrá recibir la totalidad de las contingencias comunes por un año, siempre que el contrato dure al menos seis meses, y si estos nuevos contratos no han supuesto el despido de otros trabajadores de dicha empresa.
  • Por fin se reconocen como accidentes laborales los que se den durante el desplazamiento hacia y desde el lugar de trabajo, salvo cuando dicho lugar sea el propio domicilio.
  • Habrá mejoras para los empresarios discapacitados.
  • Mejorará de la formación de estos autónomos en el apartado de riesgos laborales.

Sin embargo, hay otras propuestas que han permanecido en el tintero, como recordó la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos.

reforma de la ley

Entre ellos destacan los siguientes:

  • Aproximar las pensiones de los autónomos a las de los asalariados, mediante una reforma más completa del Sistema de contribución a la RETA.
  • En línea con lo anterior, que la contribución a la RETA por tramos se base en la renta neta de autónomos, calculada en términos reales y en función de lo que un trabajador de este grupo ha estado recibiendo realmente.
  • La existencia de ingreso mínimo sin cuotas; Por ejemplo, el trabajador autónomo que tiene un ingreso inferior al SMI.

Como se ve, no se ha tratado de una reforma en profundidad, dejando fuera otros temas reclamados por este sector de los trabajadores y que, de un modo u otro, afecta a su vida laboral y profesional.

Preguntas frecuentes sobre la nueva ley de Autónomos: novedades y carencias

¿Cuáles son las nuevas cuotas de autónomos por ingresos reales en 2025?

La nueva ley de autónomos, que entrará en vigor en 2025, introduce un sistema de cuotas basadas en los ingresos reales. Este cambio tiene como objetivo hacer que el sistema sea más equitativo y sostenible para los trabajadores autónomos. Las cuotas variarán en función de los ingresos netos obtenidos, estableciendo tramos que permitirán una mayor adaptación a la realidad económica de cada profesional.

A continuación, se presentan los tramos de ingresos y sus correspondientes cuotas:

  • Ingresos hasta 600 euros: cuota de 30 euros
  • Ingresos entre 601 y 1.200 euros: cuota de 90 euros
  • Ingresos entre 1.201 y 2.000 euros: cuota de 180 euros
  • Ingresos superiores a 2.000 euros: cuota del 30% de los ingresos netos

¿Cuáles son las bonificaciones para los autónomos en 2025?

En 2025, los autónomos podrán beneficiarse de diversas bonificaciones que buscan fomentar el emprendimiento y facilitar la sostenibilidad de sus negocios. Entre las más destacadas se encuentran:

  • Bonificación por inicio de actividad: Se ofrecerán reducciones significativas en las cuotas durante los primeros años de actividad.
  • Bonificaciones por contratación: Incentivos para la contratación de empleados, especialmente para jóvenes y personas en riesgo de exclusión social.
  • Reducciones por conciliación: Ayudas para facilitar la conciliación familiar en el caso de autónomos que se conviertan en padres.

Además, se implementarán medidas específicas para sectores en crisis, como el turismo o la cultura, donde se ofrecerán bonificaciones adicionales para ayudar a los autónomos a recuperarse de la situación económica actual. Estas iniciativas buscan no solo apoyar a los trabajadores por cuenta propia, sino también fortalecer la economía en su conjunto.

¿Cuáles son las bases de cotización para autónomos en 2025?

En 2025, las bases de cotización para autónomos se establecen en función de los ingresos reales, lo que implica que cada trabajador por cuenta propia podrá elegir su base de cotización dentro de ciertos límites. Esto busca adaptar la seguridad social a las realidades económicas de cada autónomo y fomentar una mayor equidad en las contribuciones.

Las nuevas bases de cotización se estructuran de la siguiente manera:

  • Base mínima: 1.000 euros al mes.
  • Base máxima: 4.500 euros al mes.
  • Opciones de cotización: Los autónomos podrán seleccionar su base en función de sus ingresos, con incrementos anuales.

¿Cuál es la cuota que deben pagar los autónomos mayores de 55 años?

Los autónomos mayores de 55 años se benefician de una cuota reducida en su cotización a la Seguridad Social. A partir de la nueva ley de autónomos, esta cuota se establece en un 85% de la base mínima para aquellos que cumplan con ciertos requisitos, brindando un alivio económico a este grupo. Esta medida busca fomentar la continuidad en el trabajo autónomo y ofrecer un apoyo a los que se encuentran en la etapa final de su vida laboral.

Es importante mencionar que para acceder a esta reducción, los autónomos deben haber estado cotizando como mínimo durante 15 años. Además, la cuota mínima para estos profesionales se sitúa en aproximadamente 220 euros al mes, dependiendo de la base de cotización que elijan. Este ajuste en la normativa es un paso hacia la equidad en el sistema de cuotas para los autónomos de mayor edad.

En resumen, la cuota que deben pagar los autónomos mayores de 55 años es una medida diseñada para apoyar su permanencia en el mercado laboral. A continuación, se presenta un resumen de las condiciones:

  • Edad: Mayor de 55 años.
  • Años de cotización: Mínimo 15 años.
  • Cuota reducida: 85% de la base mínima.
  • Cuota aproximada: 220 euros al mes.

Comments are closed.